Los colombianos despertaron en la mañana de este miércoles con la noticia de la aprobación del decreto 546, con el cual se verán beneficiados más de 4 mil reos que están recluidos en los centros penitenciarios del país al enviarlos a casa por cárcel, para así descongestionar estos lugares y evitar el contagio de coronavirus entre reclusos.
La medida llegó el mismo día que se confirmaron de 15 nuevos casos de COVID-19 (18 en total) en la cárcel de Villavicencio, en donde se han visto contagiados presos y guardias, según informó el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec).
Aunque desde el Gobierno Nacional se ha argumentado que son disposiciones que hay que seguir para cuidar de la salud de los presidiarios -así como se ha hecho con la de todos los colombianos-, son muchas dudas las que embargan a la ciudadanía, quienes no dudaron en criticar el decreto 546, muchos de ellos sin haber leído la normativa.
Pero al contrario de lo que muchos piensan y escriben en redes sociales, este decreto no tiene en cuenta a aquellos prisioneros condenados por delitos contra menores, de lesa humanidad, contra la administración pública, de abuso sexual, crímenes de guerra, genocidio o corrupción, ni tampoco acobija a quienes estén sometidos a procesos de extradición.
Es decir, solamente se podrán beneficiar aquellas personas que por falta de dinero no pudieron acceder al socorro de la libertad condicional, a mayores de 60 años (que no estén condenados por las faltas anteriormente mencionadas) o a quienes estén detenidos en estaciones de Policía y Unidades de Reacción Inmediata (URI).