La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó la solicitud de sometimiento que presentó el hacker Andrés Sepúlveda, condenado a diez años de prisión por infiltrar en el año 2014 las comunicaciones del proceso de paz entre el Gobierno Nacional y la guerrilla de las Farc.
Sepúlveda fue sentenciado en 2015 por hackear a los negociadores en la Habana, Cuba. Los delitos por los cuales fue hallado responsable son: concierto para delinquir, acceso abusivo a sistema informático, violación de datos personales agravado, uso de software malicioso y espionaje.
Fue la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas la que tomó esta decisión en primera instancia. Según explicó, aunque el hacker Andrés Sepúlveda argumentó que se presentó en calidad de tercero civil por considerar que los delitos que cometió durante las elecciones presidenciales de 2014 tuvieron relación directa con el conflicto armado interno, la JEP encontró que esto no fue así.
Los magistrados analizaron la petición y resolvieron que esta no cumplía con los factores de competencia para acogerse a la justicia transicional. “El conflicto armado colombiano no fue el origen ni influyó en la determinación, capacidad, modo u objetivos que llevaron a Andrés Sepúlveda a la comisión de los delitos por los cuales fue condenado”, señaló el tribunal especial.