El caso Andrés Felipe Arias sentó un precedente para Colombia. La decisión que tomó la Corte Constitucional de concederle la posibilidad de impugnar su sentencia de 17 años de prisión por el escándalo de Agro Ingreso Seguro, le abrió la puerta a otros aforados constitucionales condenados en única instancia para que tengan la posibilidad de acceder a esta misma medida en el país.
Esta semana la Corte Suprema de Justicia anunció que todos los condenados en única instancia, o con primera sentencia condenatoria entre el 30 de enero de 2014 y el 17 de enero de 2018 que no pudieron impugnar o tener doble conformidad, podrán ejercer este derecho hasta el viernes 20 de noviembre de 2020 hasta las 5:00 de la tarde.
El alto tribunal de justicia consideró que el recurso de impugnación otorgado el 21 de mayo por la Corte Constitucional al exministro Andrés Felipe Arias debe extenderse a las demás sentencias de única instancia emitidas por la Sala de Casación Penal durante esos cuatro años, aunque los exfuncionarios condenados ya no estén privados de la libertad.
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La Corte Suprema señaló que es imperativo dar a todos los procesados en situación similar el mismo trato que brindó la Corte Constitucional al exministro de Agricultura, pues no hacerlo “constituiría un flagrante y odioso atentado contra el derecho fundamental a la igualdad, un valor fundante y principal de la democracia”.
“Así esas personas no hayan recurrido en ningún tiempo la condena o reclamado el derecho ante instancias internacionales, están de todas formas habilitadas para ejercer el derecho. Mal estaría exigirles, como requisito para impugnar, que hubieran desarrollado unas acciones de tipo procesal que no contemplaba la Constitución, la ley o la jurisprudencia”, resaltó.
Explicó que, en consecuencia, si estas personas condenadas en única instancia recurren a esta figura no se reactivará la contabilización del término de prescripción de la acción penal. Tampoco se producirá la libertad de quien se encuentra privado de ella como consecuencia de impugnar.
Frente al impacto que pueda generar esta decisión respecto al volumen de trabajo, la Sala dispuso remitir copia al Consejo Superior de la Judicatura, la Presidencia de la República y los ministerios de Justicia y Hacienda, para que, en el marco del principio de colaboración armónica, dispongan en coordinación “lo necesario para adelantar el diagnóstico y proveer los recursos para garantizar la buena marcha de la administración de justicia en el complimiento de esta determinación”.