Las elecciones legislativas del 8 de marzo en Colombia implican un rol clave para miles de ciudadanos designados como jurados de votación, una función pública que no es voluntaria y que está regulada por la legislación electoral. Quienes reciben esta designación deben cumplir con una serie de responsabilidades durante la jornada, pues el incumplimiento puede derivar en sanciones económicas, disciplinarias e incluso penales.
La designación tiene carácter obligatorio, tal como lo establece el artículo 105 del Decreto 2241 de 1986. Esto significa que no presentarse sin una justificación válida puede acarrear consecuencias. Si el jurado es funcionario público, podría enfrentar la destitución del cargo; mientras que los ciudadanos particulares pueden recibir multas de hasta 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Durante el horario oficial de votación, que se desarrollará entre 8:00 a. m. y 4:00 p. m., los jurados tienen la responsabilidad de instalar la mesa, verificar la identidad de los votantes, entregar las tarjetas electorales y registrar cada sufragio.
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Sin olvidar que, este periodo también puede dar lugar a varios delitos electorales tipificados en el Código Penal colombiano, algunos de los cuales pueden involucrar directamente a los jurados.
Delitos que pueden presentarse durante la votación
Uno de los más relevantes es el constreñimiento al sufragante (artículo 387), que ocurre cuando alguien amenaza o presiona a un votante para favorecer a un candidato, lista o voto en blanco, o para impedir el ejercicio del sufragio. Esta conducta puede ser castigada con penas de cuatro a nueve años de prisión y multas entre 50 y 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes.