La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) imputó a 22 exintegrantes de las extintas Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo (Farc-EP) por 1.637 hechos de privación de la libertad asociados a los bloques Oriental y Sur. La decisión se adoptó dentro del Caso 01, que investiga toma de rehenes y graves privaciones de la libertad.
La imputación es un acto formal: fija una atribución de responsabilidad por conductas concretas y abre un plazo para que los comparecientes definan su posición frente a lo imputado.
¿Qué incluye la imputación?
La Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (Sala de Reconocimiento) señaló a 15 exmandos del Bloque Oriental y a siete del Bloque Sur. La imputación no se limita a la retención. Abarca conductas cometidas durante el cautiverio y hechos conexos, bajo las categorías de crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad.
Entre las conductas incluidas están la toma de rehenes y otros delitos atribuidos a las dinámicas del secuestro: homicidio, tortura, tratos crueles, atentados contra la dignidad personal, violencia sexual, desaparición forzada, esclavitud, y desplazamiento forzado. El señalamiento se refiere a hechos ocurridos en varias zonas del país, vinculados a la operación de esos dos bloques.
¿Qué es el Caso 01?
El Caso 01 se concentra en “toma de rehenes” y “graves privaciones de la libertad”, junto con crímenes concurrentes. En este caso, la JEP analiza patrones: para qué se secuestró, cómo se tomó la decisión, cómo operó la cadena de mando y qué ocurrió con las víctimas durante la retención.
En esta fase, el énfasis está en responsabilidades de mando. La Sala de Reconocimiento evalúa si quienes tenían capacidad de decisión y control dieron órdenes, permitieron prácticas o no evitaron abusos bajo su autoridad. La imputación, por tanto, se dirige a mandos y no solo a autores materiales.