Nuevas reglas para patinetas eléctricas en Colombia: multas, edad y límites
El uso de patinetas eléctricas en Colombia ya tiene regulación clara. Descubra los requisitos obligatorios, sanciones y cómo evitar multas de hasta $350.000.
El crecimiento acelerado de la micromovilidad en Colombia obligó a las autoridades a establecer reglas claras para su uso. Con la entrada en vigor de la Ley 2486 de 2025, las patinetas eléctricas dejaron de ser un simple medio recreativo para convertirse en vehículos regulados dentro del sistema de transporte urbano.
Este cambio responde a la necesidad de mejorar la seguridad vial, reducir riesgos para peatones y organizar la convivencia en calles y ciclorrutas. El auge de estos dispositivos, impulsado por su bajo costo y sostenibilidad, hizo evidente la urgencia de una normativa específica.
Uno de los puntos más importantes de la ley es la definición de quién puede utilizar estos vehículos. La norma establece que la edad mínima para conducir una patineta eléctrica es de 16 años.
Sin embargo, existe una excepción: los menores desde los 12 años pueden utilizarlas, pero exclusivamente en ciclorrutas, lo que limita su circulación en otras zonas.
En cuanto a los espacios, la regulación es estricta:
Está prohibido transitar por andenes.
Se permite el uso en ciclorrutas.
También pueden circular en vías autorizadas por autoridades locales.
La ley también fija restricciones claras en términos de velocidad, un aspecto clave para prevenir accidentes:
En ciclorrutas, el límite es de 25 km/h.
En vías habilitadas, puede llegar hasta 40 km/h.
Además, estos vehículos son definidos como de uso individual, con motores que no superen los 1000 vatios de potencia, lo que los ubica dentro de la categoría de transporte liviano.
La normativa hace especial énfasis en la seguridad, especialmente durante la noche. Entre las 6:00 p. m. y las 6:00 a. m., los conductores deben cumplir con varios requisitos obligatorios:
Uso de casco
Prendas reflectivas
Luces delanteras y traseras
También se exige un comportamiento responsable, como señalizar giros y evitar transportar objetos que afecten la estabilidad del vehículo.
El incumplimiento de estas disposiciones puede generar sanciones económicas importantes. Las infracciones están contempladas en el Código Nacional de Tránsito, específicamente en el artículo 131, literal G.
Las multas pueden alcanzar aproximadamente los $350.000, equivalentes a seis salarios mínimos legales diarios vigentes.
Entre las conductas sancionables se encuentran:
Conducir bajo efectos de alcohol o sustancias psicoactivas
No usar casco o elementos de seguridad
Circular por andenes o zonas prohibidas
Exceder los límites de velocidad
Llevar acompañantes
No señalizar maniobras o transportar carga riesgosa
La regulación busca que el crecimiento de las patinetas eléctricas en Colombia se dé de manera organizada. Más allá de fomentar el uso de alternativas sostenibles, el objetivo principal es garantizar la seguridad de todos los actores viales.
Con estas nuevas disposiciones, el país da un paso hacia una movilidad más moderna, pero también más responsable.