La población del mundo envejece y las tensiones financieras que esto conlleva ponen en jaque a los sistemas pensionales. En este contexto, la reforma pensional en Colombia es urgente y necesaria. La estructura de pilares es una de las metodologías más aceptada a nivel técnico para garantizar la sostenibilidad del sistema, sin embargo, las decisiones que se tomen en esta materia deben estar orientadas a una proyección a medio y largo plazo. El enfoque de cualquier reforma debe ser la sostenibilidad fiscal y la equidad social.
A diferencia de la reforma a la salud, el consenso respecto de la necesidad de modificar el régimen de pensiones ha probado ser mayor. La propuesta busca modernizar y ajustar el sistema a las realidades económicas y demográficas actuales, con la introducción del mencionado régimen de pilares. Este consiste en definir un umbral de cotizaciones que ingresan al régimen público; el exceso será administrado por los fondos privados de pensiones. La principal discusión técnica es la definición de este umbral de cotización, pero también se han identificado algunos artículos inconvenientes o de redacción oscura.
El primer mico o mejor gorila, es la posibilidad de una doble comisión. La propuesta actual permite que los fondos privados cobren una comisión del 0,7 % sobre los activos administrados, adicional a la que los afiliados enfrentan de entrada (al hacer sus cotizaciones). Esta situación podría desencadenar una demanda de inconstitucionalidad, aunque parece haber acuerdos políticos respecto de este punto pues la reforma le quitará una proporción importante de activos administrados a los fondos privados, y parece ser una especie de indemnización anticipada de perjuicios.