Cualquier persona puede ser objeto de denuncias de diversos tipos. Los hechos que las motivan pueden presentarse de manera verdadera, falsa o con fines mediáticos, buscando simplemente afectar la reputación del denunciado o ganar protagonismo. Solo quienes han enfrentado denuncias, especialmente temerarias, comprenden la importancia del debido proceso y de tener un juzgador imparcial.
El caso judicial del Presidente Álvaro Uribe Vélez -en mi opinión construido minuciosamente por sus enemigos políticos nacionales e internacionales- pone en evidencia la existencia de un proceso forzado que procura utilizar la “Justicia” para vengarse de quién constituye políticamente desde su primer mandato el más resistente muro de contención del destructivo progresismo hispanoamericano -vigente también en Brasil y Canadá-.
La sociedad civil, que ingenua, pero también irresponsablemente, se deja llevar de las narrativas mediáticas, dentro de las cuales se advierten las propias de los influenciadores pagos -ahora con dineros públicos- y personajes de la vida pública con sus propios intereses -política, social y de la farándula- adopta su postura con una superficialidad alarmante.
Se puede ser seguidor, opositor o neutro respecto del Presidente Álvaro Uribe Vélez, pero no hay excusa para ser indiferentes de cara a que él o cualquiera otro colombiano tenga garantizado el respeto al debido proceso y, en consecuencia, a que su caso sea conocido, estudiado y decidido por un juez imparcial. Los primeros llamados a asegurar esa garantía constitucional son los mismos jueces. Cuando ellos omiten hacerlo, existe el mecanismo procesal que permite al investigado recusar a su investigador o a su juez, según corresponda. Es un derecho, no una artimaña, como ignorante y temerariamente señalan algunos.
Es la segunda oportunidad en la que el Presidente Uribe Vélez y su apoderado Jaime Granados deben acudir ante el superior de la Juez 44 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá, Sandra Liliana Heredia Aranda, en sede de tutela, para pedir se amparen sus derechos constitucionales. La petición al H. Tribunal Superior de Bogotá se sustenta en que la juez notoriamente desde que tuvo conocimiento del caso ha actuado de manera notoria distante y contraria al deber de hacerlo de manera imparcial.