Para el próximo sábado 10 de octubre quedó programada la audiencia para definir la libertad del expresidente Álvaro Uribe Vélez luego de la extensa diligencia que se realizó este jueves después de que la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia determinara que el proceso por presunto soborno y fraude procesal continuará bajo los parámetros de la Ley 906 de 2004 ahora que el expediente está en manos de la Fiscalía.
La audiencia innominada de libertad inició hacia las 9:45 de la mañana de manera virtual y terminó hacia las 10:00 de la noche de este jueves 8 de octubre. El primero en tomar la palabra fue el abogado Jaime Granados, líder de la defensa del exmandatario, quien inició su intervención haciendo un breve resumen de esta historia judicial que ha despertado el interés de la opinión pública y ha generado diferentes rencillas políticas.
El defensor hizo una vasta argumentación sobre el porqué no es equiparable la indagatoria que se hizo hace un año ante la Corte Suprema con una audiencia de formulación de imputación, que es la diligencia judicial que se hace antes de imponer una medida de aseguramiento a un procesado.
Argumentó que, bajo las reglas de juego de la Ley 906 de 2004, es a la Fiscalía General a la que le corresponde pedir que un ciudadano sea privado de la libertad y es un juez de control de garantías quien debe resolver la solicitud teniendo en cuenta unos requisitos legales establecidos en la ley.
El penalista nombró una por una las diferencias más importantes entre los dos sistemas penales y, después de su argumentación, pidió la libertad inmediata del expresidente Álvaro Uribe Vélez por considerar que “es ilegal” mantenerlo privado de ella bajo este régimen procesal sin haberle hecho una imputación de cargos.
"Aquí no ha habido una imputación y no ha habido tampoco una imposición de medida privativa por un juez de control de garantías. Por lo tanto, el ciudadano Uribe Vélez no puede estar privado de su libertad", sustentó.
Según dijo Granados, el momento procesal en el que debe quedar la investigación por presunta manipulación de testigos es en la etapa de indagación que establece la Ley 906 de 2004.
Críticas a la posición del fiscal
El fiscal Gabriel Jaimes quien es la persona que tiene en sus manos el proceso, hizo un recuento sobre lo que dice la jurisprudencia en este tipo de casos y manifestó que está de acuerdo con que la indagación no puede ser equivalente a una imputación de cargos.
De acuerdo con el delegado, Uribe Vélez debe ser dejado en libertad mientras avanza la investigación, pues "existe una incompatibilidad para transpolar en el mismo estanco procesal el caso por presunto soborno y fraude procesal".
Sin embargo, advirtió: "El proceso no parte de cero. La gran cantidad de pruebas no se desestiman, sino que se han convertido en elementos materiales probatorios que serán revisados a la luz de las reglas de cadena de custodia para ser valorados legalmente de cara a una posible formulación de imputación".