Con una votación de 6 a 3, la Sala Plena de la Corte Constitucional decidió suspender este jueves el Acto Legislativo 01 de 2020 con el que se dejó en firme la cadena perpetua para violadores de niños. Según declaró la Corte Constitucional, dicha reforma atenta contra la dignidad humana.
La magistrada Cristina Pardo fue quien presentó la ponencia con la que argumentó los efectos graves que tendría esta medida sobre las personas condenadas por violación a menores.
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Asimismo, aseguró que la reforma no es efectiva ni tampoco asegura que niños, niñas y adolescentes no sean víctimas de los violadores.
La demanda había sido presentada por Manuel Alejandro Iturralde Sánchez, Mario Andrés Torres y Juan Pablo Uribe, miembros del Grupo de Prisiones de la Universidad de los Andes,argumentando que la cadena perpetua va en contra de la dignidad humana y anula el proceso de resocialización de las personas que cometen estos delitos.
Cabe recordar que el gobierno nacional apoyó la cadena perpetua para violadores en su intención de proteger a la niñez de este tipo de delitos.
La posición del gobierno
Con la reanudación de la sesiones en el Congreso de la República, el Gobierno había radicado la reglamentación de la cadena perpetua para agresores sexuales y asesinos de menores de edad, que implicó modificar el artículo 34 de la Constitución.
Según explicó el ministro del Interior, Daniel Palacios, era importante radicar la reglamentación para que se pueda comenzar a aplicar la cadena perpetua a quienes violen o asesinen a menores de edad. En dicho documento se incluyeron algunos ajustes para evitar que quienes sean sancionados con prisión perpetua, puedan salir de la cárcel a los 25 años.