El Juzgado 30 Civil del Circuito de Bogotá negó la acción de tutela presentada contra el Gobierno Nacional por la publicación de imágenes en las que aparecen cuerpos envueltos en bolsas después de operaciones militares.
Con la decisión, el despacho dejó sin efectos la medida provisional que había ordenado abstenerse de difundir el material mientras se resolvía de fondo la acción.
La tutela fue promovida por el representante a la Cámara Santiago Osorio Marín y el ciudadano Javier Ricardo Cabrera Cruz, quienes cuestionaron la publicación de las imágenes y señalaron posibles afectaciones a la dignidad de las personas fallecidas y a los derechos de niños, niñas y adolescentes expuestos a contenidos violentos.
¿Por qué el juez negó la tutela?
Uno de los argumentos centrales del fallo fue que los accionantes no acreditaron las condiciones necesarias para actuar en representación de las personas cuyos derechos presuntamente habrían sido afectados.
En el caso de Cabrera Cruz, el despacho señaló que no se demostró parentesco con las personas fallecidas ni representación de sus familiares. Tampoco se acreditó que estos estuvieran imposibilitados para acudir directamente ante la justicia.
Frente a Osorio Marín, quien manifestó actuar en defensa de los niños, niñas y adolescentes del país, el juez consideró que tampoco se identificó a un menor determinado que hubiera visto las publicaciones o sufrido una afectación concreta.
¿Qué dijo el juez sobre las imágenes?
Aunque negó la tutela, el despacho hizo una consideración sobre la forma en que las autoridades comunican los resultados de operaciones militares.
Según la decisión, estos hechos pueden ser informados mediante mecanismos menos invasivos frente a la dignidad, la memoria y la imagen de las personas fallecidas, además de la intimidad de sus familias.