Sí, un ciudadano puede cambiar su puesto de votación más de una vez. Pero la regla no es abierta ni permanente: de acuerdo con las normas electorales citadas por la Registraduría, cuando una persona inscribe su cédula dos o más veces, la última inscripción anula las anteriores. Para las presidenciales de 2026, además, ese trámite solo es válido si se hace dentro del plazo oficial, que va del 31 de mayo de 2025 al 31 de marzo de 2026.
La duda suele reaparecer en cada calendario electoral. Algunos votantes creen que, una vez hacen el cambio, ya no pueden modificarlo otra vez. Otros suponen lo contrario: que pueden mover el puesto cuando quieran y que el sistema lo actualiza de inmediato. Ninguna de esas dos ideas es exacta. La regla oficial es más simple: sí se puede volver a inscribir la cédula, pero la que cuenta es la última y debe hacerse dentro del periodo habilitado para esa elección.
No es escoger cualquier puesto por comodidad
Aunque en el lenguaje cotidiano se hable de “cambiar el puesto de votación”, el trámite realmente es la inscripción de ciudadanos. La Registraduría explica que deben hacerlo quienes cambiaron su lugar de residencia, regresaron al país de forma permanente o tienen cédulas antiguas que no aparecen en el censo electoral. En otras palabras, no se trata de elegir cualquier puesto porque quede más cerca del trabajo o porque parezca más cómodo, sino de actualizar el lugar de votación conforme a la residencia electoral del ciudadano.
La clave no es cuántas veces, sino cuál fue la última
El punto central está ahí. La Registraduría, al citar el Código Electoral y decisiones del Consejo de Estado, recuerda que la residencia electoral es única y que, si una persona inscribe su documento dos o más veces, la última inscripción anula las anteriores. Esa es la regla que resuelve la mayor parte de la confusión: no hay un número “mágico” de cambios permitidos; lo que importa es cuál fue el último trámite válido que quedó registrado dentro del plazo.