El Gobierno Nacional expidió un protocolo por medio del cual conmina a la Policía Nacional a evitar el uso máximo de la fuerza en las protestas sociales, a utilizar las armas menos letales posibles y no emitir opiniones que propicien prejuicios acerca de los manifestantes.
El protocolo, denominado "Estatuto de reacción, uso y verificación de la fuerza legítima del Estado y protección del derecho a la protesta pacífica ciudadana", fue decretado el 5 de enero por el Ministerio del Interior, luego de que la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia fallara en septiembre pasado sobre la intervención "sistemática, violenta, arbitraria y desproporcionada de la fuerza pública" en las protestas pacíficas ocurridas en el país ese mes y a finales de 2019.
Según el documento, las autoridades de la rama ejecutiva deben promover y privilegiar el diálogo durante las protestas, al tiempo que ratifica que los gobernadores y alcaldes deben disponer el acompañamiento a las marchas con agentes de la Policía Nacional, pero también con gestores de convivencia y funcionarios delegados.
Asimismo, resalta que el objetivo es que la policía actúe en las manifestaciones con base en las legislaciones nacionales e internacionales, por lo que sus integrantes deben continuar su formación en derechos humanos, normas sobre el uso de la fuerza, código de conducta, empleo de armas y dispositivos menos letales.
El decreto también advierte que el uso de la fuerza será el último recurso que se aplicará para proteger la vida de las personas, incluida la de los policías.
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Uno de los puntos más destacados sostiene que la policía sólo puede usar las armas, dispositivos y elementos menos letales que le son entregados a los agentes como dotación, y que los métodos usados en las manifestaciones públicas estarán ligados a la intensidad, peligrosidad y la forma de proceder de los individuos, entre otros.
El texto señala que "el personal uniformado de la Policía Nacional, que intervenga en manifestaciones públicas y pacíficas, no podrá hacer uso de armas de fuego en la prestación del citado servicio".