La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) de Colombia calificó como crímenes de guerra y violaciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH) las conductas de dos exintegrantes de las extintas FARC durante el atentado al Club El Nogal de Bogotá de 2003, y por tanto no son amnistiables.
Los hermanos Herminsul Arellán Barajas y Fernando Arellán Barajas fueron coautores del atentado ocurrido en Bogotá el 7 de febrero del 2003 que dejó 36 personas muertas y 158 heridas, que según la magistratura de la JEP "no se dirigió contra un objetivo militar, sino en contra de un club social y empresarial".
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"Además, produjo muertes y lesiones de civiles que no eran objetivos militares y gozaban de protección a la luz del DIH", agregó la jurisdicción especial en un comunicado publicado este viernes.
Los hermanos Arellán Barajas fueron condenados por la justicia ordinaria a 40 años de cárcel por los delitos de terrorismo, homicidio y tentativa de homicidio, tras comprobarse su participación en la explosión del carro-bomba en las instalaciones del Club El Nogal.
En su proceso en la JEP, luego de haber recibido el beneficio de libertad condicionada, la Sala de Amnistía o Indulto les impuso el régimen de condicionalidad y les hizo un llamado para que aporten a la verdad y se comprometan con el Sistema Integral para la Paz.
En este contexto, se estableció una ruta para que las víctimas del atentado al Club el Nogal participen en el trámite en el Caso 10, para que puedan ser acompañadas y asesoradas ante la Sala de Reconocimiento por el Departamento de Atención a Víctimas de la JEP.