La Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad de la Resolución 068 del 6 de junio de 2024, mediante la cual el Consejo Superior Universitario designó a Leopoldo Alberto Múnera Ruiz como rector de la Universidad Nacional de Colombia (UNAL) para el periodo 2024-2027. La decisión, en única instancia, concluye que la institución actuó sin competencia al modificar un proceso de elección que ya había finalizado meses antes.
Según la sentencia, el proceso de designación del rector culminó el 21 de marzo de 2024, fecha en la que el Consejo Superior eligió a José Ismael Peña Reyes como máxima autoridad académica. Ese acto, precisó el alto tribunal, constituía el “acto definitivo” del trámite administrativo, lo que impedía cualquier corrección o modificación posterior por parte del órgano universitario.
Error en la aplicación de la Ley 1437
El Consejo de Estado explicó que el Consejo Superior interpretó de manera errónea el artículo 41 de la Ley 1437 de 2011 —Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo—. Esta norma permite corregir irregularidades en actuaciones administrativas, pero solo antes de la expedición del acto definitivo que pone fin al trámite.
En este caso, dicho acto definitivo fue la designación de Peña Reyes, por lo que la posterior decisión del Consejo Superior, tomada en junio, desbordó sus facultades. “El máximo órgano colegiado de la Universidad Nacional actuó sin competencia”, señaló la sentencia, añadiendo que la corrección invocada no podía desconocer la presunción de legalidad que ampara los actos administrativos, especialmente los relacionados con nombramientos y procesos electorales.