El Ministerio del Interior, en coordinación con el Ministerio de Salud, dictó este fin de semana nuevas medidas para la prevención, control y mitigación del coronavirus en Cali (Valle del Cauca) y Cartagena (Bolívar).
La ministra del Interior, Alicia Arango, explicó que se evaluó y se definió en estos casos particulares plantear la adopción de algunas medidas adicionales en el marco de lo dispuesto en el decreto 749 de 2020, por el cual se fijó la ampliación del aislamiento preventivo obligatorio y se estableció 43 excepciones.
La funcionaria indicó que el objetivo es proteger a las personas que viven en estas dos ciudades y controlar la crisis sanitaria.
Medidas para Cali
La capital del Valle del Cauca es una de las ciudades que más preocupa a las autoridades por el aumento de los casos de Covid-19. A la fecha, se han registrado más de 2407 casos positivos.
En la ciudad se reforzaron medidas como el toque de queda en diferentes barrios y ley seca para este fin de semana.
Las medidas decretadas por el Ministerio del Interior para esa ciudad son:
1. Mantener las medidas sanitarias de aislamiento preventivo obligatorio actual, sin las aperturas adicionales dispuestas en el Decreto 749 del 28 de mayo de 2020.
2. Realizar un monitoreo estrecho hasta el 15 de junio de 2020, con una estrategia de tamización con el apoyo del Instituto Nacional de Salud.
3. Intensificar las acciones de vigilancia en salud pública en la central de abastos y plazas de mercado, los cercos epidemiológicos en los barrios críticos, el incremento de las pruebas diagnósticas, y otras medidas de mitigación con la provisión de mercados y ayudas para la población más vulnerable en confinamiento.
4. Fomentar el uso amplio de la aplicación CORONAPP, integrado a la estrategia de monitoreo, por parte de empleados y población general.
Medidas para Cartagena
La ciudad de Cartagena, por su parte, tiene más de 2600 casos positivos para coronavirus. Las medidas que dictó el Ministerio del Interior son:
1. Mantener las medidas sanitarias de aislamiento preventivo obligatorio actual, sin las aperturas adicionales establecidas en el Decreto 749 del 28 de mayo de 2020.
2. Realizar un monitoreo estrecho hasta el 15 de junio de 2020, con una estrategia de tamización con el apoyo del Instituto Nacional de Salud.