Daneidy Barrera Rojas, mejor conocida como Epa Colombia, sigue siendo el centro de atención tras su condena a prisión. Desde hace aproximadamente dos meses, se encuentra recluida en la cárcel El Buen Pastor de Bogotá, cumpliendo una sentencia por varios delitos relacionados con el estallido social de 2019. Sin embargo, su defensa ha presentado recientemente una solicitud que podría cambiar su situación: que Epa Colombia se acoja a la Ley de Utilidad Pública, una norma que permite a las mujeres condenadas cumplir su pena fuera de prisión bajo ciertas condiciones.
La empresaria fue condenada a cinco años y dos meses de prisión por los delitos de instigación a delinquir con fines terroristas, daño en bien ajeno y perturbación del transporte público, debido a los daños ocasionados a una estación de Transmilenio durante las protestas de 2019. A pesar de que su defensa ha solicitado en varias ocasiones el beneficio de casa por cárcel, esta petición le ha sido negada, en parte debido a su condena y los antecedentes de los delitos que cometió.
La reciente solicitud de su defensa, sin embargo, se basa en la Ley de Utilidad Pública, que fue promulgada en 2023 y busca una alternativa de libertad para mujeres condenadas, específicamente aquellas que son madres cabeza de familia. Esta norma les permitiría cumplir su condena fuera del centro penitenciario, siempre y cuando se acojan a los servicios comunitarios, una opción que ha llamado la atención debido a su posible impacto en el caso de Epa Colombia.
Sobre la Ley de Utilidad Pública
La Ley 2292 de 2023, conocida como la Ley de Utilidad Pública, fue diseñada para ofrecer una alternativa a las mujeres condenadas a prisión, permitiéndoles cumplir su condena fuera de las cárceles siempre que sean madres cabeza de familia. La ley establece que las mujeres que cumplan ciertos requisitos pueden ser beneficiadas con la opción de realizar trabajos de utilidad pública en lugar de estar recluidas en prisión.
Para acogerse a esta ley, las mujeres deben cumplir con los siguientes requisitos:
-
Ser madres cabeza de familia.
-
Haber sido condenadas por delitos relacionados con el hurto, estupefacientes o que su condena no exceda los ocho años de prisión.
-
Haber cometido el delito en condiciones de marginalidad, como en situaciones de pobreza extrema.