Con la promulgación de la Ley 2450 de 2025, el Congreso de la República estableció un nuevo marco para gestionar la calidad acústica en Colombia. Esta normativa busca prevenir, mitigar y controlar la contaminación auditiva, incluyendo el ruido generado por motocicletas, una de las principales fuentes móviles de emisión sonora en las ciudades.
La ley contempla la formulación de una política pública de calidad acústica y la expedición de reglamentos técnicos, que estarán a cargo del Ministerio de Transporte y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Mientras se desarrolla esta nueva reglamentación, se mantendrá vigente el actual marco legal, pero deberá aplicarse bajo los lineamientos de la nueva ley.
Inicio de la implementación
La Ley 2450 rige desde el momento de su promulgación. Sin embargo, su aplicación completa dependerá de la expedición de la Política de Calidad Acústica, la cual deberá ser formulada por el Gobierno Nacional en un plazo máximo de un año. Luego de esto, las autoridades tendrán dieciocho meses para definir los requisitos específicos que regirán a las motocicletas, como niveles máximos de ruido, exigencias técnicas para los sistemas de escape y mecanismos de control. Estas disposiciones estarían vigentes entre mediados y finales de 2027, según se cumplan los plazos establecidos.
Multas por incumplimiento
La norma también contempla un régimen sancionatorio para quienes no cumplan con los nuevos estándares:
Multa tipo 3: equivalente a 8 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV).
Multa tipo 4: equivalente a 16 SMDLV, aplicable en casos de perturbación grave a la convivencia.
Adicionalmente, el Código Nacional de Convivencia y Seguridad Ciudadana, modificado por esta ley, permite imponer medidas correctivas como la suspensión inmediata de la actividad o incluso el retiro del vehículo en situaciones que alteren la tranquilidad pública o privada.