Desde el pasado 12 de agosto, millones de colombianos han iniciado el proceso de presentar la declaración de renta ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) correspondiente al año gravable 2024. La entidad ha recordado a los contribuyentes los montos y requisitos que determinan quiénes están obligados a cumplir con este deber fiscal.
Uno de los temas que más inquietud genera es el manejo de las billeteras digitales, un sistema que ha crecido de forma acelerada en los últimos años y que cada vez es más usado por los ciudadanos para realizar transacciones diarias.
¿Las transferencias entre cuentas propias generan obligación?
Una de las dudas más frecuentes entre los declarantes es si el movimiento de dinero entre sus propias cuentas bancarias y billeteras digitales, como Nequi, Daviplata o Dale!, se tiene en cuenta al calcular los topes de la DIAN.
La respuesta de la autoridad tributaria es clara: sí cuentan. Según la DIAN, cada ingreso registrado en estas plataformas se clasifica como una consignación independiente, sin importar si proviene de la misma persona.
Topes establecidos por la DIAN para 2024
Para determinar si una persona natural está obligada a declarar renta en 2025 por el año gravable 2024, la DIAN definió los siguientes criterios:
- Patrimonio bruto al 31 de diciembre de 2024 igual o superior a $211.793.000 (4.500 UVT).
- Ingresos brutos anuales iguales o superiores a $65.891.000 (1.400 UVT).
- Consumos con tarjeta de crédito iguales o superiores a $65.891.000.
- Compras y consumos totales iguales o superiores a $65.891.000.
- Consignaciones, depósitos o inversiones financieras iguales o superiores a $65.891.000 en todo el año.
La DIAN aclara que los movimientos en billeteras digitales se consideran como consignaciones bancarias o depósitos, por lo que entran dentro de los topes mencionados.