De acuerdo con las autoridades de tránsito de Bogotá, los populares tricimotores estarían utilizando motores ‘hechizos’ que pueden provocar una explosiones espontáneas, no tienen instalados instrumentos que midan la velocidad y adicionalmente, este tipo de vehículos no cuenta con seguros reglamentarios para el transporte de pasajeros y en caso de un siniestro vial, nadie respondería por la salud, daños o pérdidas que se presenten.
A través de la Resolución 3256 de 2018 del Ministerio de Transporte, el Gobierno Nacional dio los primeros pasos para reglamentar su circulación por el territorio nacional como vehículos de pedaleo o pedaleo asistido con motores eléctricos. Sin embargo, la resolución es clara que los permisos de operación deben otorgarse a vehículos “debidamente homologados” y registrados.
Lo curioso es que, dicha homologación aún no está establecida por parte del Ministerio, impactando otras fases del proceso como el registro en el RUNT, el ajuste en el Informe Policial de Accidentes de Tránsito (IPAT), la valoración de aseguradoras para crear los seguros específicos a este servicio y los procesos de regulación de las autoridades de tránsito locales que requieren los estándares específicos de los vehículos homologados.
Por esta razón, la Secretaría de Movilidad ha advertido en reiteradas ocasiones a la ciudadanía sobre los peligros, en materia de seguridad vial, que esto puede ocasionar a pasajeros, conductores y otros actores viales por el uso de estos vehículos, particularmente cuando son motorizados.
“Es un vehículo que, por el tipo de motor puede alcanzar altas velocidades superiores a los 25km/h, que es la establecida en la Resolución 3256 de 2018. Por ser en la mayoría de los casos de fabricación no tecnificada, no hay garantía en la robustez y estabilidad de la estructura del vehículo y lo cual es un riesgo al momento de protagonizar un siniestro vial, especialmente en velocidades superiores a los 25 km/h, poniendo en riesgo la vida de las personas que lo usan”, asegura la entidad.