La Alcaldía de Bogotá expidió el Decreto 528 de 2025, que establece medidas preventivas y temporales sobre la circulación de motocicletas durante el puente festivo de Halloween, entre el 30 de octubre y el 3 de noviembre.
El alcalde Carlos Fernando Galán explicó que la decisión busca garantizar la seguridad y el orden público, ante el incremento en incidentes de tránsito y alteraciones durante esta fecha.
Las motos que sí podrán circular durante Halloween en Bogotá
El decreto establece excepciones que permiten la movilidad de ciertos grupos:
Sí podrán circular:
- Motos pertenecientes a la fuerza pública, Policía, organismos de seguridad del Estado y autoridades de tránsito.
- Vehículos de emergencias, socorro, salud y prevención de desastres.
- Personal de seguridad privada con carné, uniforme y autorización vigente de la Superintendencia de Vigilancia.
- Motos de empresas de servicios públicos, SITP, o de servicios diplomáticos.
- Conductores de aseguradoras, asistencia técnica, conductor elegido o mensajería debidamente identificados.
- Motos que transporten personas con discapacidad.