En Bogotá, retener a una persona para vaciarle sus cuentas bancarias ya no será visto como un delito menor. A partir de este año, el llamado ‘paseo millonario’ dejó de ser judicializado como hurto agravado y pasó a ser procesado como secuestro extorsivo, una decisión que eleva las condenas hasta 42 años de prisión.
El cambio responde a una estrategia conjunta entre la Secretaría de Seguridad, la Policía Metropolitana de Bogotá y la Fiscalía General de la Nación, que busca castigos proporcionales al daño físico, psicológico y social que sufren las víctimas de estas retenciones ilegales.
Durante años, los responsables de este tipo de hechos enfrentaban penas que no superaban los nueve años de cárcel, al ser imputados por hurto. Sin embargo, las autoridades concluyeron que privar de la libertad a una persona, incluso por cortos periodos, constituye un secuestro, especialmente cuando existe un beneficio económico.
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El artículo 169 del Código Penal establece que quien retenga a una persona con fines de provecho incurre en secuestro extorsivo, un delito con sanciones mucho más severas y agravantes que pueden aumentar la pena.
“La libertad de ningún ciudadano puede quedar a merced de los criminales”, afirmó el secretario de Seguridad, César Restrepo, al explicar que este ajuste busca frenar la reincidencia y enviar un mensaje contundente a las estructuras criminales.
El caso de Neill Cubides estremeció a la ciudad
La gravedad del fenómeno quedó en evidencia con el asesinato del profesor universitario Neill Felipe Cubides Ariza, ocurrido entre la noche del 15 de enero y la madrugada del 16 de enero. Tras abordar un taxi cerca de la Clínica El Country, fue retenido durante varias horas, mientras desde sus cuentas se realizaron tres transacciones por más de seis millones de pesos.